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PREGUNTAS FRECUENTES
Una factura electrónica es, ante todo, una factura. Es decir, tiene los mismos efectos legales que una factura en papel. Recordemos que una factura es un justificante de la entrega de bienes o la prestación de servicios. Una factura electrónica es una factura que se expide y recibe en formato electrónico.
2 ¿Cuáles son los Comprobantes Fiscales Electrónicos (CFE) que pueden emitirse a través del sistema?
Los tipos de CFE disponibles para la documentación electrónica de las operaciones son ventas a Contribuyentes (e-Factura), Consumo Final (e-Ticket), Exportaciones (e-Factura Exportación, venta por Cuenta Ajena (e-Factura y e-Ticket), Remitos de venta y traslados internos y Resguardos.
Solicitar en servicios en línea de DGI el usuario de e-Factura y con las credenciales de acceso recibidas por Mail, ir al portal web https://www.efactura.dgi.gub.uy/ y solicitar la postulación de ingreso al régimen tradicional o simplificado.
Una vez solicitada y confirmada la Postulación, el plazo máximo que se dispone es de 6 meses (180 días), en el cual, la Empresa adquiere la calidad de Receptor Electrónico pudiendo la misma disponer de un plazo de 4 meses para documentar sus operaciones exclusivamente mediante los CFE que les hubiesen sido autorizados. Durante ese plazo se podrá emitir en forma escalonada por sucursal, por sistema de facturación o por tipo de CFE.
Las entidades donde se puede solicitar y adquirir la firma electrónica son:
- Abitab (ID Digital): https://www.id.com.uy/
- Correo Uruguayo: https://www.correo.com.uy/
Con el nuevo régimen de comprobantes fiscales electrónicos se crearon los siguientes tipos de Autorización a ser utilizadas exclusivamente por los emisores electrónicos:
- E: habilita la emisión de CFE (Comprobantes Fiscales Electrónicos).
- F: habilita la impresión de comprobantes de contingencia.
- G: habilita la impresión de comprobantes aún no certificados por el emisor electrónico.
- H: habilita la impresión de comprobantes por los que el emisor electrónico se certificó, pero sólo por el período de transición de 4 meses desde que obtuvo la calidad de tal.